6 Derechos laborales que toda madre trabajadora dependiente debe saber




Para poder exigir nuestros derechos, primero debemos ¡conocerlos!

1.    Descanso pre y post natal
Ley N° 27606 y ley Nº 30367
Es derecho de la trabajadora gestante gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal. El goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el postnatal, a decisión de la trabajadora gestante.
El descanso post-natal se extenderá 30 días adicionales si el nacimiento es múltiple.

Dicho descanso es REMUNERADO y el pago se tramita ante ESSALUD, lo tramita el trabajador o el empleador de acuerdo a las políticas de la empresa.

2.    Subsidio por Lactancia
El subsidio por lactancia, es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/. 820.00, por cada lactante.

Este subsidio aplica si al menos uno de los padres es trabajador dependiente, pero este subsidio es entregado únicamente a la madre.

3.    Protección a la mujer gestante en situaciones de riesgo.
Mediante la ley N° 28048 se estableció que las mujeres gestantes tienen el derecho de solicitar al empleador no realizar labores que pongan en peligro su salud y/o la del desarrollo normal del embrión y el feto durante el período de gestación. Esta norma fue reglamentada por el D.S. N° 009-2004-TR.

Las empresas que tienen trabajadoras que están realizando labores que ponen en riesgo la vida del concebido tienen la obligación de hacer su rotación a un puesto similar o a un puesto menor al que ocupaba, sin que esto signifique el recorte o disminución de sus remuneraciones. 

4.    Permiso por lactancia materna
Ley N° 27240 y ley Nº 28731
Cuando termines el periodo post-natal y regreses al trabajo, tienes derecho a una hora diaria de permiso durante tu jornada laboral para dar de lactar a tu hija o hijo, en casa, hasta que tenga 1 año de edad, se puede usar antes o después de ingresar al trabajo (llegar más tarde o salir más temprano). Si tu parto fue múltiple, a este permiso se incrementará una hora más por día.

5.    Uso de lactario
Ley N° 29896 y D.S. Nº 001-2016 - MIMP
En todo centro de labores público o privado donde haya como mínimo 20 mujeres en edad fértil (entre 15 y 49 años), ES OBLIGATORIO la implementación de un lactario, un lactario es un ambiente privado y cómodo y accesible donde puedas extraerte la leche y conservarla durante tu horario de trabajo.
Tienes el DERECHO de usar el Lactario 1 hora al día (puede ser fraccionado), el uso de lactario se puede dar hasta que cumpla 2 años.

6.    Protección contra el despido
Ley Nº 30367 y D.L. N° 728, derecho a no ser despedida durante la gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento

Es nulo el despido que tenga por motivo: el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si el despido se produce en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento. Se presume que el despido tiene por motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si el empleador no acredita en estos casos la existencia de causa justa para despedir.

Se señala, además, que, para hacer efectiva dicha protección, la trabajadora deberá notificar al empleador documentalmente del embarazo en forma previa al despido.

7.    Bonus track: Licencia por paternidad
Ley N° 30807 que modifica la Ley N° 29409

Desde el 5 de julio de este año, la licencia por paternidad que otorga el empleador al padre de familia será de 10 días consecutivos en los casos de parto natural o cesárea, 20 días consecutivos en caso de nacimientos prematuros o partos múltiples y de 30 días consecutivos cuando se trate de nacimientos con enfermedad congénita terminal, discapacidad severa o por complicaciones graves en la salud de la madre.

Además, se establece que el trabajador que solicite a su empleador el uso de la licencia por paternidad tendrá derecho a hacer uso de su descanso vacacional, a partir del día siguiente de vencida la mencionada licencia. 


http://www.essalud.gob.pe/lactancia/



Comentarios

  1. Me parece interesante tu blog pero me quede en duda sobre el lactario que es una hora al dia y el permiso por lactancia es lo mismo o se puede pedir esa hora y adicionarla para entrar antes o despues al trabajo asimismo en todo caso seria usarlo entre las horas de trabajo me gustaria saber en que consiste ya que pedire para entrar defrente s trabajar 7 horas de corrido. Seria un gusto que me responda

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    1. Hola Agata, son dos cosas distintas, la hora de lactancia se usa para salir mas temprano o entrar mas tarde, el lactario se usa 1 hora entre horas de trabajo, te comento que cuando yo trabajaba en mi oficina se estaba por implementar el lactario, mientras tanto yo salia 2 horas antes, es cuestión de coordinarlo con tu empleador ;)

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